Entre el sistema inquisitivo y acusatorio
El lunes 6 de agosto en la sede social del Colegio Público de Abogados de Comodoro Rivadavia se llevó a cabo la charla “La reforma procesal en la provincial del Chubut: ¿Qué modelo de Código Procesal queremos?” a cargo del abogado Gustavo Calvinho, Doctor en Derecho y Magíster en Derecho Procesal (Universidad Nacional de Rosario), Coordinador del Departamento de Derecho Procesal Civil (Universidad Austral, Buenos Aires), Profesor Adjunto regular de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Docente estable en la Maestría en Derecho Procesal (Universidad Nacional de Rosario, Santa Fe), Profesor Invitado a la Especialización en Derecho Procesal y Probatorio de la Universidad del Rosario (Bogotá, Colombia) y a la Especialización en Derecho Procesal de la Universidad Nacional de Córdoba (Argentina), Profesor invitado en varias universidades latinoamericanas y miembro Titular del Instituto Panamericano de Derecho Procesal. Abogado y experto en litigación. Consultor internacional y autor de diversos artículos y libros sobre la temática.
Durante los últimos dos años en Argentina se comenzó a trabajar en reformas procesales civiles con la idea de incorporar la oralidad al proceso civil con el objetivo de acortar los tiempos. “Quizá el primer objetivo es que los juicios no demoren tanto tiempo” expresa el Dr. Calvinho haciendo referencia a las transformaciones futuras. Pero acortar los juicios no es un proceso sencillo, sino que es necesario contar con mejor infraestructura, operadores dedicados a menor cantidad de tareas para poder llevar adelante un trabajo más específico.
En la actualidad un juicio tiene un tiempo promedio de 5 años de duración en algunas provincias según un estudio al que estuvo acceso el Dr. Calvinho, en otras 15 o 20 años. Esta realidad que muchos profesionales del derecho conocen genera que abogados con experiencia no tomen algunos casos, porque saben que los juicios van a demorar. “La dilatación en el proceso del juicio muestra la falta de inversión en infraestructura y capacitaciones, es por ello que hoy en día tenemos que replantearnos todos, los que están en la justicia, los que estamos en la matrícula, hasta qué punto tenemos la capacitación correcta para poder dar una mejor respuesta a la sociedad, uno de los aspectos principales es la capacitación” afirma el abogado.
¿Cómo construir un sistema de justicia?
Desde la mirada del disertante, el sistema de justicia se puede construir de dos maneras: construir justicia en la autoridad que imparte justicia o construir sistemas de justicia, pensando en la persona que recurre a la justicia. “De esta forma es cómo surge el sistema como inquisitivo, que en realidad lo que hace es centrar la autoridad y el poder en la autoridad que imparte justicia. Por el contrario al sistema acusatorio, donde las partes tienen una mayor actividad y un rol decisivo” afirmó el abogado. Por lo tanto, lo que busca el sistema acusatorio es separar la prueba de quién decide y en un sistema como el inquisitivo lo que se busca es investigar. “La diferencia está en que en un sistema acusatorio de corte adversarial, lo que se busca es que haya un tercero imparcial que decida” manifiesta el Dr. Calvinho, haciendo referencia al juez.
Características del sistema inquisitivo
Con un vasto conocimiento en el área el Dr. Calvinho plantea que el Sistema Inquisitivo “va mucho más con sistemas de gobiernos de tipo autoritario, porque implica una concentración de poder”. Luego de un análisis en la historia, el especialista asegura “Este sistema concentra mucho poder en la justicia y es ahí donde vienen los problemas con la independencia de poderes. Es como que el poder político se tienta en tener jueces que sean dependientes de ellos, porque es una forma de ganar poder. Por eso es muy importante debatir los sistemas de justicia que queremos en Argentina”.
Haciendo hincapié en la importancia del debate, durante la entrevista el abogado rememora los cambios que se hicieron en fuero penal con el sistema acusatorio, en el cual muchas provincias avanzaron, entre ellas Chubut. “Esta es una tendencia que impera en Latinoamérica, de ir saliendo del sistema inquisitivo y de los sistemas mixtos e ir a sistemas acusatorios de corte adversarial. El problema es que en la justicia no penal, llamativamente en lugar de ir cada vez más hacia lo acusatorio adversarial muchos autores y expertos, de forma difícil de explicar, vienen promoviendo cada vez más la matriz inquisitiva, más de concentrar el poder en los jueces no, a través de pruebas de oficio, a través de ruptura de reglas de carga de la prueba como es la teoría de la carga dinámica de la prueba. Esto es un poco difícil de entender, que en penal vayamos hacia un modelo y en procesal y civil estemos yendo en sentido inverso”.
Características del sistema acusatorio
La característica más importante que tiene el Sistema Acusatorio o carácter adversarial es que tiene un tercero imparcial, el juez. “Lo más importante es que el juez sea imparcial. Y a su vez, desde el punto de vista epistemológico y gnoseológico, es un método el acusatorio o adversarial donde se obtiene información de mejor calidad de para la sentencia” analiza el abogado Calvinho.
Con este sistema el juez puede resolver cualquier problema que haya en el control que hacen las partes en ingreso de la información, por ello epistemológicamente es un sistema superior. Otra de las características importantes de este sistema, según el disertante es la importancia práctica que tiene, donde la responsabilidad es de las partes y los jueces se dedican a resolver, a dictar sentencia. “España hace 18 años realizó este cambio y logró que los jueces de la justicia civil se dediquen a resolver y las partes a tramitar, probar, alegar, etc. En Argentina tenemos la justicia colapsada por muchos motivos. En pocos lugares la justicia puede estar contenta con lo que hace, al día y demás. En un modelo como en el inquisitivo lo llena tanto a los jueces a los tribunales, le carga tanto de responsabilidad que eso lo hace hacer cada vez más tareas y no estamos en condiciones de eso” indica.
La imparcialidad del juez
“Por eso es la importancia del concepto de imparcialidad, que sea imparcial significa que no puede tener ningún interés en el resultado del proceso, pero también significa que sea impartial, o sea que no realice actividades de las partes” expone el Dr. Calvinho. En el sistema acusatorio el juez tiene una función imparcial, tal como lo expresan los tratados internacionales de derechos humanos, empezando por el art.10 de la función universal: “que cumpla la función de un tercero, parcial e independiente. Tercero significa que no puede ser parte, así de claro, esto está en los tratados internacionales. Entonces sin duda desde el punto de vista constitucional y convencional, los modelos de justicia, sobre todo los de corte democrático y republicano se tienen que construir en base a un juez que sea república e independiente” expresa.
El abogado Calvinho explicó que litigar significa, disputar en juicio. “Significa que hay una contienda y son los que tienen que ir a defender sus derechos, sus intereses, sus razones, los que tienen que estar en el debate. Por ello en un sistema acusatorio lo importante es el debate, en el otro es la investigación”. Aunque algunos planteen que la oralidad es un modelo, el abogado afirmó que la oralidad es una regla de procedimiento, tanto en el sistema inquisitivo como en el acusatorio. Pero, el Dr. Calvinho asegura que si se estudia la oralidad es claro observar que “da sus mejores en un sistema como en el acusatorio que en un sistema inquisitivo, porque en realidad el sistema inquisitivo se presta la investigación, con una prueba de oficio y demás, entonces por eso la importancia de ver epistemológicamente los modelos de conocimiento”.
Las nuevas generaciones y sus cercanías con la oralidad
La oralidad, según el Dr. Calvinho, tiene una característica indisimulable que es cruel, “es cruel con todos porque todo se ve porque hay que tomar decisiones al momento de la audiencia” expone. Lo que significa que, si los jueces y abogados no están entrenados en la oralidad, la oralidad muestra las carencias de capacitación y funciona mal. Por ello lo primero es la capacitación para la oralidad, “eso es fundamental y a su vez con la capacitación uno puede ir advirtiendo, cual es el alcance de su rol en un sistema de justicia. Entonces si uno hace bien su rol, las cosas funcionan. Basta ver lo que ocurre en el derecho comparado, ver donde la justicia funciona bien y tratar de tomar esos ejemplos” manifiesta el abogado.
A lo largo de su experiencia como docente en distintas universidades del país, el Dr. Calvinho ha observado que las nuevas generaciones tienen más competencias en la oralidad, se sienten más cómodos con este sistema. “En las capacitaciones hacemos simulaciones en los juicios de carácter adversarial y uno ve como los jóvenes se desenvuelven y están como ansiosos por trabajar en ese tipo de modelos. Es mucho más enriquecedor, en modelo adversarial un va sintiendo lo importante que es para defender los derechos de las personas en juicio. Ahí el defensor tiene una tarea importantísima y en el debate la capacitación, las habilidades y destrezas que uno tiene son fundamentales, pero las destrezas se aprenden, asique no hay que asustarse con esto” culmino.