Las Dras. Romina Olthoff y Lorena Millabanque a cargo del VI encuentro del Curso de Práctica Profesional

AMPAROS. “EL MAYOR NÚMERO ESTÁ RELACIONADO CON LA DISCAPACIDAD”

¿Cuáles son los casos en que los amparos de salud son más solicitados?

“El mayor número de amparos que tenemos está relacionado con discapacidad, personas que tienen certificado expedido por una junta médica del Hospital Regional. Después tenemos casos particulares. Muchas veces las obras sociales o las empresas de medicina prepaga no les brindan las coberturas que les corresponden” dijo la Dra. Romina Olthoff.

¿Cuál son las prestaciones que no se cubren?

“El mayor problema se da con el Acompañante Terapéutico, existe algo más de fondo que sería un nomenclador con prestaciones básicas y dentro de eso el Acompañante Terapéutico no está taxativamente incorporado. Entonces el dilema es cuál es el límite de la cobertura, si bien la ley lo establece integral, después tenemos que ver qué se interpreta por “integral” si es el 100% o hay un tope, que en este caso sería un nomenclador y que es lo que la jurisprudencia puede hacer para ampliar este tope establecido por ley y de esta manera la persona con discapacidad pueda acceder a la cobertura de manera integral” explicó Olthoff.

¿Se da en pacientes que necesitan una o varias terapias?

“Por lo general son muchas las terapias (4 o 5) que necesitan y  los padres no pueden cubrir todos los gastos, quizá se suma una silla de ruedas. Todo eso complica a los clientes porque no tienen los medios para solventarlo, por eso es que pagan una obra social o una medicina privada, incluso hay veces que tienen las dos, ellos no lo saben pero quizá tienen una obra social con una prepaga” remarcó la abogada Olthoff.

¿En qué momento del problema llegan los padres a ustedes y solicitan un Amparo?

“Cuando a la familia le dan el diagnóstico de discapacidad, quizás es difícil asumirlo entonces comienzan a hacer terapia y llega un momento en que, particularmente en Comodoro Rivadavia, se da la situación que no existen prestadores en cartilla para toda la demanda de personas con discapacidad que hay. Según las estadísticas en 1 de 5 hogares hay una persona con discapacidad. Entonces la dinámica genera que no haya turnos disponibles para los prestadores que están en la cartilla del afiliado y esto genera que la cobertura sea a través de reintegro. Y los pacientes necesitan 4 o 5 terapias, las familias no pueden solventarlas y deben esperar a los reintegros, que tardan entre 60 o 90 días. Pero el problema es cuando no hay profesionales en cartilla en  Comodoro y necesitamos una derivación a un centro de mayor complejidad, entonces ¿qué pasa con el traslado y el alojamiento? la familia no puede solventarlo. Es en ese momento cuando acuden a un abogado y en general, dentro del mismo centro terapéutico se enteran que al otro paciente le cubren y a él no. Eso genera además de pelear por el diagnóstico, un problema judicial por algo que la ley establece que la cobertura debe ser integral” detalla la Dra. Lorena Millabanque.

¿La gente desconoce la ley que les permite cobertura una vez que adquieren el certificado de discapacidad?

“Si, siempre les explicamos que no se soluciona cambiando de obra social a una prepaga o a un plan superador porque esto está determinado por una ley nacional y la cobertura es obligatoria para todo el sistema de salud, por el solo hecho de ser ciudadano argentino, vos tenés la cobertura en materia de discapacidad” remarcaron las abogadas con amplia experiencia en el tema.

¿Observan un crecimiento en los casos de discapacidad?

“Llama la atención cada vez son más los casos; en general son discapacidades hereditarias, problemas genéticos. Hay más trastornos definidos como discapacidad, eso es bueno porque antes no se tenía en el marco de discapacitante. Por ejemplo  trastornos del comportamiento, trastornos generalizados del desarrollo, que si bien no tienen un diagnóstico específico como el autismo que ya está determinado, pero requieren de terapias que sean cubiertas por una obra social o una prepaga. No dejan de ser caras, tal vez son menos cantidad de terapias pero no dejan de ser un gasto más para la familia” indicaron las especialistas.

En el Derecho a la Salud, además de estudiar las leyes y la jurisprudencia también deben conocer sobre aspectos médicos

“Sí. Cuando llega el cliente sucede eso, tenemos que encuadrarlo en qué ley le corresponde y estudiamos el caso. Nos pasó particularmente con un caso oncológico de una mamá de 35 años que tenía cáncer de mamas. La  obra social le cubrió una parte del tratamiento y se negó a cubrir una medicación así que nos pusimos a estudiar. Era una medicación muy cara y la obra social le sugería un tratamiento alternativo, la mujer empezó a hacerse el tratamiento alternativo porque no tenía los recursos. La enfermedad empeoró porque le salían ampollas y con el amparo logramos que le den el tratamiento del “doble-bloqueo” que necesitaba, ahí estudiamos mucho, teniendo en cuenta que era para una patología específica, su tipo de cáncer, su edad, etc.”