DRA MARIA MARTA NIETO: “HAY MAS INICIATIVA DE LOS PADRES EN DENUNCIAR SITUACIONES DE VIOLENCIA”

“HAY MAS INICIATIVA DE LOS PADRES EN DENUNCIAR SITUACIONES DE VIOLENCIA”

El martes 3 de abril se llevó a cabo la 5ta clase del Curso de Práctica Profesional sobre Violencia de género y sus perspectivas de abordaje a cargo de la Dra. María Marta Nieto, jueza de Familia del Juzgado Nº1 de Comodoro Rivadavia. El eje principal fue el circuito que recorre una denuncia de violencia familiar, desde su inicio en la Comisaria de la Mujer hasta que llega a los juzgados del foro familiar y dicta una medida, con el fin de conocer los distintos tipos de actas que se realizan en las comisarías y la relevancia de cada uno para el proceso judicial.

¿Por qué los abogados desconocen el circuito de una denuncia de violencia de género? 

Tiene que ver con que usualmente el proceso de violencia familiar es atendido por la Defensa Pública, más que por los abogados particulares. No quiere decir que los abogados particulares no promuevan procesos de denuncia de violencia familiar, sino que, quiere decir que en la mayoría de los casos este asesoramiento jurídico es brindado por la Asesoría Pública. Por lo tanto, entiendo que ese sería el motivo por el cual se desconoce el camino que transita una persona, desde que hace la denuncia en la Comisaria de la Mujer, hasta que obtiene el dictado de las medidas, estas le son notificadas y después hay un seguimiento de parte de la Comisaria de la Mujer. Este desconocimiento tiene que ver con que no es lo normal y habitual que las personas cuenten con un abogado particular en este proceso, sino que particularmente cuentan con el asesoramiento que brinda la Defensa Pública” expresó la abogada.

En la práctica cotidiana  ¿en qué le aporta tanto al abogado, como al cliente, conocer el circuito que realiza una denuncia de violencia familiar?

“En el marco del asesoramiento jurídico le aporta al abogado que claramente va a poder discernir en el relato de la víctima cuáles son las medidas que considere eficaces para la problemática en particular y esas son las que le va a terminar pidiendo el órgano jurisdiccional que dicte en la causa. No solamente este asesoramiento de cuáles serían las medidas más adecuadas a la problemática familiar, sino también el seguimiento del caso y el asesoramiento respecto de que recursos o a qué otros organismos se puede acudir en cada caso particular”

Durante la charla se trabajaron antecedentes jurisprudenciales que tienen que ver con la violencia económica, dado que son lo más novedoso en este momento, pero son muchos los cambios que trajo el CCyC al foro de familia, ¿De qué otros cambios se habló en la clase?

“Los noveles aprovecharon la oportunidad para hacer algunas preguntas respecto de dudas que tenían, de cuestiones jurídicas en el marco de un proceso de violencia familiar y si hablamos básicamente de la violencia hacia los niños. Si bien hubo denuncias o intervenciones, principalmente realizadas por la Asesoría de Familia, en la actualidad, hay mucha más iniciativa de los progenitores, que en protección de sus hijos, denuncian situaciones de violencia o de maltrato hacia los hijos, ya sea de parte de otro progenitor o de parte de otras personas. En este marco hablamos de la recomendación Nº8 de la ONU del año 2006, donde expresamente se conceptualiza la prohibición de los castigos corporales y el trato denigrante hacia los hijos. También hablamos como otro antecedente de violencia de género, en el marco de una relación de compañerismo, de trabajo, cuáles serían las medidas más eficaces para no solamente sancionar la violencia, sino también haciendo hincapié en la obligatoriedad que tiene el Estado Argentino, en no solamente sancionar la violencia de género o familiar, sino también disponer medidas a los fines de erradicar la violencia y prevenir la violencia. No una medida puede ser sancionatoria y otras medidas previenen la reiteración de hechos de violencia. Entonces hablamos de la diferencia entre sancionar, prevenir y erradicar la violencia, sea de género o familiar, y también hablamos del antecedente de violencia económica que es el que transcendió con sentencia de Cámara de este año en marzo de 2018.

¿Se observa un crecimiento en los casos de violencia de género y familiar en forma escalonada?

“Las personas tienen mayor facilidad para acceder y concretar la denuncia, también hay más conocimiento sobre los derechos que tienen al denunciar situaciones de violencia. A eso tenemos que sumarle que la sociedad está más violenta, entonces confluyen estas tres circunstancias que hacen que las denuncias de violencia familiar o de género se hayan incrementado en el orden de un 30%, acá en Comodoro Rivadavia”

Durante la clase, planteó que actualmente los hombres también están denunciando, ¿a qué se debe el crecimiento de estas denuncias?

“Muchos hombres denuncian ser víctimas de violencia familiar o de violencia doméstica y también muchos hombres denuncian en representación de sus hijos, o de una hermana o de un familiar, situaciones de violencia. Entiendo que se debe a la misma situación al conocimiento de los derechos y a la posibilidad de acceder a concretar esta denuncia, sabiendo de las garantías de protección que va a tener la persona que está denunciando y el acceso a medidas que le solucionen el problema”

¿Están relacionadas con la violencia económica?

“En estos momentos no te lo podría asegurar porque en los antecedentes de violencia económica que tengo, la víctima es mujer, no varón”

¿Es posible que con la crisis laboral y económica actual los hombres realicen denuncias?

“Todavía ese impacto no lo estamos viendo, pero claramente va a venir en este contexto social actual en Comodoro  Rivadavia”

¿Cuáles serían los puntos a trabajar en próximos encuentros con los noveles abogados?

“Los puntos a charlar con ellos, tienen que ver con el conocimiento en el proceso de familia y me parece que habría que hacer hincapié en las cuestiones referidas a la prueba y a las posturas de las partes en un proceso de familia. Hacer hincapié en lo que es el derecho procesal, no en el derecho sustantivo, sino en el procesal”