DRA. DAGOTTO “EL CÓDIGO PROCEDIMIENTO PENAL ME PARECE ÚTIL, ÓPTIMO PARA LLEVAR ADELANTE UNA INVESTIGACIÓN. NOSOTROS LOGRAMOS CONDENAS EN UN AÑO”.

El martes 29 de mayo se llevó a cabo la 12da clase del Curso de Práctica Profesional organizado por la Comisión de Noveles Abogados del CPACR. La clase estuvo a cargo de la Dra. Verona Dagotto, Fiscal General del Ministerio Público Fiscal de Comodoro Rivadavia, quien abordó la coerción personal y real, el arresto, la aprensión policial y privada, la detención y otras.  La prisión preventiva y sus sustitutivas.

“Luego avanzamos sobre las otras medidas de coerción reales, como allanamientos y requisas personales. Y aunque no era la idea, incorporamos al temario las interceptaciones telefónicas e incautación de datos, teniendo en cuenta todas la evidencias que podemos obtener a través de ello” expresó la Fiscal Dagotto, haciendo referencia a la telefonía celular y los datos que contienen.

La importancia de las requisas legales

Durante la exposición la abogada hizo hincapié sobre la importancia de las requisas legales. Como regla las requisas deben ser realizadas con autorización de un juez, “salvo en el caso que haya urgencia y no se pueda”. Las requisas se efectúan “cuando hay motivos suficientes para presumir que una persona tiene, lleva consigo o tiene adheridas a su cuerpo, o sea a su ámbito de custodia, elementos provenientes de un delito o que consiguió durante la comisión de un delito o elementos que pueden ser peligrosos o representar un peligro para las personas” explicó. Cuando la requisa es ilegal  todo lo que se obtiene de ella no sirve como prueba. “Para nosotros visto desde el órgano acusatorio lo que podamos haber obtenido de esa requisa no nos va a servir como prueba, es decir esa prueba se excluye, porque justamente el medio por el que se adquirió es ilegitimo” aseguró.

Los noveles se interesaron por este tema, debido a su importancia legal y cotidiana, dado que se realizan requisas en diferentes puntos de la ciudad, las cuales pueden transformarse en denuncias de privación ilegítima de la libertad o apremios ilegales.

Allanamientos y prisiones preventivas

Los allanamientos fue otro de los temas de interés, dado que permite el secuestro de objetos o elementos que se pueden utilizar como prueba. Se habló sobre la autorización de un allanamiento para secuestrar determinados objetos o elementos y durante la diligencia aparecen otros. Entonces hablamos de la doctrina a simple vista, de algunos casos en que el pedido de allanamiento se debe ampliar y en otros en que no, “podemos secuestrar sin necesidad de ampliarlo como por ejemplo en el caso de un arma de fuego” aseveró la Fiscal.

Otro de los temas que formó parte del intercambio entre los presentes y la abogada fue la prisión preventiva, “un tema muy discutido, de mucha doctrina y jurisprudencia” manifestó la Dra. Dagotto, por ello se abordó con ejemplos específicos y con énfasis en la importancia de preservar el proceso, “que no sea entorpecido y que el imputado no se fugue” afirmó.

El incremento de detenciones se da los fines de semana

Aunque no hay una estadística lineal de las detenciones que se realizan diariamente en la ciudad, la Dra. Dagotto afirma que todos los días se realizan detenciones.  “Tenemos días que no se realizan y otros días que se han llegado a hacer 8 detenciones” manifestó. Sin embargo, afirmó que durante los fines de semana el número de detenciones se incrementa y más aún si es principio de mes, esto se da “porque aumenta el uso de sustancias prohibidas, el consumo de alcohol, la gente sale más y en los locales nocturnos muchas veces se suscitan peleas, hay agresiones que terminan siendo lesiones, amenazas y todo ello” expresó. Por lo general se realizan más detenciones los días viernes que los domingos, por lo cual la actividad es constante.

En la actualidad los hechos por los que mayor cantidad de personas se detienen en flagrancia o cuasi flagrancia, “son por delitos contra la propiedad, y en las resistencias contra la autoridad, como también en todo lo que tiene que ver con violencia de género, lo que pasa es que en violencia de género no se producen tantas detenciones como se toman denuncias. Lo que sí sucede en los delitos que tienen como bien jurídico el derecho a la propiedad que suceden en supermercados, en la calle, como el robo a los celulares, es que tienen en escalada la violencia, antes capaz por sacar un celular no lastimaban a nadie y ahora sí” indicó la abogada.

El Código Procedimiento Penal

La Dra. Dagotto afirma que no tiene críticas hacia el Código de procedimiento actual, dado que es de orden acusatorio, es rápido y útil, “además prevé los criterios de oportunidad que son formas alternativas de solución del conflicto”, expresó la abogada. La importancia de no llevar a juicio un hurto de tentativa, desde la perspectiva de la abogada, permite culminar los conflictos y esto se da desde el desinterés que muestra la víctima, “Nosotros nos encontramos todo el tiempo, con gente que dice que no quiere ir a juicio, que prefiere que el acusado pague y el dinero sea entregado a la casa del niño o el hospital” manifestó la abogada.

“A mi particularmente me gusta, me parece útil, me parece óptimo para llevar adelante una investigación, nosotros logramos condenas en un año, de juicios que son realmente graves y que en otros sistemas, pueden llevar años, de manera que sí. El sistema acusatorio, es ideal, que pueda decidir la persona que no investiga es ideal y que los que investigamos no tengamos que decidir” culminó la Fiscal Dagotto, quien agradeció la invitación a la Comisión de Noveles y al CPACR.