El martes 19 de marzo se llevó a cabo la charla “Ejecución de Sentencia: situaciones diversas relacionadas al título, domicilio, embargo, liquidación, recursos y honorarios” a cargo del Dr. Eduardo De Villafañe en el marco del Curso Práctico de Procesos de Ejecución organizado por el CPACR
La charla se centró en transmitir experiencias y conceptos relacionados con el proceso de ejecución de sentencia y los aspectos de la praxis diaria, como también las modificaciones en las normas. El Dr. Eduardo de Villafañe describió cómo deben prepararse los abogados para enfrentar el momento del resultado de la sentencia. El proceso de ejecución como la etapa final de condena, “exige del abogado una labor atenta durante todo el proceso, especialmente cuando se trata de asegurar de algún modo ese resultado mediante la técnica que dice el Código Procesal, que es el embargo para que ese resultado obtenido luego de un largo proceso” definió el Dr. De Villafañe.
También resaltó la importancia de tener en cuenta la posibilidad de la prolongación de los procesos que duran entre cinco, siete años o más. Desde esta perspectiva el Dr. De Villafañe recomienda que es necesario asegurar el resultado, lo cual requiere de una serie de conocimientos que no solamente tienen que ver con el ámbito privado, si no que abarcan situaciones como la ejecución de sentencias contra el estado.
Emergencia económica provincial
Durante la exposición el abogado describió la situación actual de los juicios que se tienen contra el estado provincial, en los que se dificulta acceder al cobro por la vigencia de Ley de Emergencia Económica. “Esto exige que el abogado conozca de otros recursos relativos a acciones de inconstitucionalidad” reveló.
En este aspecto el Dr. De Villafañe diferenció aquellos juicios donde el Estado provincial tiene que responder con las obligaciones de condenas, que no son entregas de sumas de dinero, sino con la provisión de medicamentos o la entrega de asistencia a personas ancianas. “Todo ese tipo de situaciones requieren respuesta que muchas veces la norma de emergencia no contempla por una mala técnica legislativa, en este momento no hay leyes de emergencia vigentes. El gobernador prorrogo la vigente hasta enero de este año mediante un decreto de necesidad de urgencia cuyo vigencia o resultado todavía no está definido o requiere de un trámite legislativo” expresó. Con esto el Dr. De Villafañe dejó en claro que a veces la emergencia económica bloquea o impide hacer efectivas acciones para proceder al cumplimiento, con lo cual se esteriliza lo que se denomina la jurisdicción, se priva al juez de recursos para el cumplimiento de esa sentencia “Afortunadamente en la circunscripción de Comodoro Rivadavia eso no ha ocurrido y cuando alguien ha aplicado de oficio la Ley de Emergencia, la Cámara de Apelaciones local ha resuelto que en materia de sanciones combinatorias no rige la Ley de Emergencia con lo cual, las sanciones mantienen su vigencia, son aplicables y eso moviliza a que la provincia cumpla con las obligaciones y no especule con la posibilidad de no cumplir” explicó.