DESTACADOS JURISTAS LLEGAN A LA CIUDAD PARA EL DICTADO DE UNA DIPLOMATURA DE DERECHO DE DAÑOS

Es organizada por el Colegio Público de Abogados de Comodoro Rivadavia, la Universidad Austral y declarada de Interés académico por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut

“Los escenarios evolutivos y la función preventiva del Derecho de Daños” será el primero de los Módulos de la Diplomatura que comienza el próximo 18 de agosto.  “La función preventiva en el Derecho de Daños es hoy una novedad legislativa y sigue despertando curiosidad. Vino precisamente a evitar la producción del perjuicio, a tratar de plasmar medidas mitigadoras cuando este se hubiere producido para evitar sus mayores consecuencias”, explica Emiliano C. Lamanna Guiñazu, especialista en Derecho de Alta Tecnología (UCA) y Doctor en Ciencias Jurídicas (UCA) quien abrirá la formación que tiene como director al Dr. Jorge Alterini junto al Mag. Ignacio Alterini en la coordinación académica.

La Diplomatura fue declara de interés Académico Judicial por la Escuela de Capacitación del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Chubut. Los interesados en inscribirse en la Diplomatura en Derecho de Daños pueden hacerlo en la Secretaría del Colegio de Abogados, Hipólito Yrigoyen N°650, 1° piso; secretariacpacr@speedy.com.ar/colegioabogadoscr@speedy.com.ar en el horario de 7 a 13 hs.  Los inscriptos tendrán doce horas de trabajo y capacitación – el viernes 18 de 14hs a 20 hs y sábado 19 de agosto de 8 a 14 hs-.

El Dr. Nicolás Demitriou, presidente del Colegio Público de Abogados de Comodoro Rivadavia señaló la importancia y el esfuerzo que significa organizar y traer a nuestra ciudad juristas de reconocida trayectoria para el dictado de una Diplomatura. «La temática de esta Diplomatura es de vital importancia para los profesionales del derecho, en virtud de la gran cantidad de casos que se presentan periódicamente en relación a la misma. Debemos celebrar la posibilidad de especializarnos en nuestra ciudad con profesores y juristas de gran reconocimiento y trayectoria a nivel nacional e internacional, que abordarán el Derecho de Daños en forma específica y profunda, no sólo con un desarrollo teórico de la materia a la luz del Nuevo Código Civil y Comercial, sino también y fundamentalmente, mediante el análisis de casos a través de la modalidad de talleres, que permitirán abrir el debate sobre las diversas interpretaciones que una misma cuestión pueda tener tanto en la doctrina como en la jurisprudencia”.

El cuerpo docente que llegará a la ciudad está integrado por Ursula C. Basset, Gustavo Calvinho, Demetrio A. Chamatropulos, Carlos Calvo Costa, Mariano Esper, Marcelo López Mesa, Federico Ossola, Gonzalo Pérez Pejcic, Fulvio Santarelli y Fernando A. Ubiría.

¿Por qué escenarios evolutivos?

El dr. Emiliano C. Lamanna Guiñazu es especialista en Derecho de la Alta Tecnología (UCA) y Doctor en Ciencias Jurídicas (UCA) y explica que el derecho de la reparación de los daños nace de la responsabilidad civil y se va transformando paulatinamente a través de la transformación de sus principios en Derecho de Daños, “que es como actualmente se dicta la materia en una gran cantidad de universidades de la Capital Federal; lo que evidencia un tratamiento evolutivo concreto. Este tratamiento evolutivo se centra en los principios, porque son principalmente los más conmovidos a partir de una macro visión que fue rotando, desde la centralidad del dañador, la culpa de este al momento de producir el daño, a la centralidad actual que tiene la persona humana que ha sufrido el daño”.

En tanto, la función preventiva del Derecho de Daño es una novedad legislativa y despierta curiosidad porque “el derecho de la reparación civil era un derecho que se ocupaba de las secuelas del daño, un derecho del día después, un derecho bombero que apaga el incendio pero no tomaba medidas evitativas para que este no se produzca. La función preventiva vino precisamente a evitar la producción del perjuicio, a tratar de plasmar medidas mitigadoras, cuando este se hubiere producido para evitar sus mayores consecuencias”. Para Lamanna Guiñazu se trata de una visión más humanista del derecho porque significa pararnos antes de un daño o con anterioridad a la potencial producción de un daño. “Si antes se consideraba humano reparar, es más humano indudablemente evitar el perjuicio”, dice.