Comunicado del CPACR sobre el Acuerdo Plenario Nº 5357/2024 del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut – Implementación de la modalidad de teletrabajo.

El Colegio Público de Abogados de Comodoro Rivadavia expresa su absoluta disconformidad con el Acuerdo Plenario Nº 5357/2024 del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, en cuanto implementa la modalidad de teletrabajo para jueces, funcionarios y empleados del Poder Judicial provincial.

La disconformidad expresada encuentra fundamento, principalmente, en que lo decidido va a contramano de la tendencia actual de presencialidad plena que se viene adoptando tanto en el ámbito privado como público, en especial, en el Poder Judicial de la Nación en virtud de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia.

Asimismo, la falta de recursos actuales en las diferentes dependencias del Poder Judicial hace presumir la dificultad de implementar esta metodología de trabajo, la que presupone recursos adicionales para que los empleados judiciales puedan cumplir sus funciones de manera remota adecuada y eficientemente.

Estamos convencidos que la implementación de tal modalidad en nada contribuirá a perfeccionar el funcionamiento del Servicio de Justicia y, menos aún, a mejorar la imagen del Poder Judicial, el cual es visto con desconfianza por gran parte de la ciudadanía.

Al margen de ello, la modalidad dispuesta provocará que cada juzgado de los distintos fueros pueda adoptar un protocolo de atención al público diferente, lo que inexorablemente ocasionará un serio obstáculo al ejercicio de la profesión de la abogacía.

No puede desconocerse que el ejercicio de la profesión de abogado requiere de manera constante el contacto con funcionarios y empleados judiciales, por lo que la eventual ausencia de estos de su lugar de trabajo, claramente, dificultará la tramitación de las causas.

Adicionalmente, debe destacarse que, en reiteradas oportunidades, el sistema SERCONEX no funciona debidamente, lo que obliga a los abogados presentarse en los tribunales para resolver infinidad de cuestiones.

En este marco es que entendemos que no existe justificativo alguno para la implementación de la modalidad de teletrabajo, así como tampoco los recursos necesarios para una implementación eficaz, sino que, por el contrario, todo conduce a afirmar que la presencialidad plena y la optimización de los recursos existentes es el mejor camino para perfeccionar el denostado Servicio de Justicia.

Es por ello que invitamos al Excmo. Superior Tribunal de Justicia a rever la decisión adoptada, invitación que tiene como único objetivo lograr un Servicio de Justicia de calidad y acorde a las necesidades de la ciudadanía.