ACCIDENTES DE TRÁNSITO. SON LOS CASOS MÁS USUALES POR LOS QUE SE REALIZAN CUANTIFICACIONES DE DAÑOS EN COMODORO RIVADAVIA

La cuantificación de los daños forma parte del trabajo diario de los operadores del derecho; por ello la Dra. Silvia Alonso, integrante de la Sala A de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, resaltó la importancia de conversar con los noveles abogados y estudiantes avanzados sobre aspectos prácticos de la labor. La “cuantificación de daños” fue la temática desarrollada por la especialista en el marco de la 8va clase del III Curso de Práctica Profesional organizado por el CPACR. Se refirió al modo en que se elabora una demanda, pautas y requisitos. “Este tema no se ciñe exclusivamente a la relación dañado/dañador sino que también proyecta sus efectos en el conjunto de la sociedad que necesita tener pautas claras sobre cuánto se va a recibir por una lesión en un accidente de tránsito, facilitar acuerdos porque también el tema se cruza necesariamente con la contratación de seguros. trasciende lo individual y se vuelve colectivo” describió.

Medidas de daños y técnicas para tasar dichos daños fueron algunos de los puntos profundizados junto a los operadores del derecho. “Todos estos temas de por si complejos se cruzan transversalmente con los problemas inflacionarios y la duración de los procesos. En economías tan inestables como la nuestra es aún más difícil llegar a una solución o a una tasación, una composición justa de la tasación del daño.  Observamos antecedentes y las formas matemáticas que el nuevo ordenamiento exige para la cuantificación de las lesiones por incapacidad física o psíquica” indicó la Dra. Silvia Alonso.

Fórmulas matemáticas

Para cuantificar el daño los jueces utilizan una fórmula matemática para llegar a la suma que cuantifique el daño propiamente dicho. Esa fórmula tiene distintos componentes como “los ingresos de una persona, su edad, su grado de incapacidad y el tiempo restante de vida.  Con esos componentes se calcula un monto que sería el que va a percibir a modo de renta en el tiempo que le queda como expectativa de vida; algunas formas lo tasan en 75 años” indicó la abogada. En referencia a la cantidad de años, la Dra. Alonso expresó que “es muy variada, es diferente cuando hablamos de un tipo de daño que es la indemnización por incapacidad física o psíquica pero también pueden ser otros daños patrimoniales, como los costos de reparación de un vehículo, la privación del uso del vehículo durante ese tiempo, la depreciación del automotor, es decir que han quedado afectadas sus partes vitales, entonces entra a jugar el concepto de depreciación. La categoría de daños es tan grande que es muy casuística” explico.

Accidentes de tránsito, frecuentes y usuales

Los daños más usuales por los que se realizan cuantificaciones en nuestra ciudad son los vinculados a los accidentes de tránsito. “Es habitual la reparación del vehículo, la prohibición del uso del automotor, también tenemos daños mayores que se vinculan con la muerte de una persona, en ese caso también se abre un abanico de daños que puede ser patrimonial o extra patrimonial (patrimonial vinculado a la lesión al patrimonio de una persona y extra patrimonial lesión a bienes no patrimoniales, muerte del padre, de la madre, de un hijo).

La Dra. se refirió a lo dificultoso que resulta  cuantificar el daño por la muerte de un hijo o  padre, para hacerlo los jueces cuentan con pautas objetivas basadas en el valor de los precedentes.