Así lo indican estadísticas de la Superintendencia de Riesgos De Trabajo
La Superintendencia de Riesgos de Trabajo publica estadísticas semestralmente en cada localidad, “en Comodoro Rivadavia se ha dado una explosión en lo que son accidentes de trabajo y enfermedades, lo que marca un aumento de litigiosidad. Las últimas estadísticas muestran un 120% comparado con años anteriores” describió el Dr. Hugo Solé, quien estuvo a cargo de la última clase del III Curso de Práctica Profesional. En este marco, se desarrolló la temática vinculada a accidentes de trabajo y análisis jurisprudencial.
Si bien el área productiva del sur de la provincia del Chubut está relacionada con la producción petrolera, el Dr. Solé indicó que la tasa superior se da en enfermedades profesionales, pero esto no suele trascender, porque la mayoría son rechazadas. “Por ejemplo, el 90% de las hernias de disco que poseen los trabajadores se denuncia como enfermedad profesional, se rechazan y se atienden por obra social, cuando deberían atenderse por ART. Es muy habitual el rechazo de la aseguradora que se da por preexistencia o inculpabilidad, aduciendo que la patología es degenerativa” revelo el Dr. Solé.
Las hernias de disco se producen por trabajos que tengan posiciones forzadas de la columna vertebral, como movimientos repetitivos y que implique levantar mover, empujar o manipular objetos de peso es una patología común que se ve en diversos consultorios. “No solo queda circunscripto a trabajadores del volante, a trabajadores de la construcción, a trabajadores petroleros, sino a una gran gama de trabajadores, puede ser un empleado de comercio que haga mantenimiento constante. Es algo que afecta a la mayoría de trabajadores en una franja etaria superior a los 45 años”
Última clase del Curso
En el encuentro se analizaron las diferentes leyes relacionadas a los accidentes en el ámbito laboral, la normativa concordante, los principales casos jurisprudenciales, el cambio que tiene el Superior Tribunal de Justicia de la provincia del Chubut para la Ley de Riesgos de Trabajo ante la Ley 27348 promulgada por el Gobierno Nacional. Como también la adaptación de los juzgados locales en base a los criterios de inconstitucionalidad de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Ley 27.348
En el año 2017 se reglamentó la Ley 27.348 que trajo modificaciones a la resolución de los conflictos entre los trabajadores y las aseguradoras de riesgos de trabajo. Lo que expone la ley es que ante el pago de la ART se imposibilita el acceso a la justicia de los trabajadores damnificados, así se evita la revisión judicial de todos los casos. Aunque en la Provincia del Chubut no adhirió, las aseguradoras solicitan que se la tenga en cuenta al momento de solucionar los conflictos “Una vez que cancelan el conflicto en la etapa administrativa quieren evitar la revisión judicial. En Chubut por ahora no es aplicable y la jurisprudencia se ha expedido, diciendo que hasta que la provincia no adhiera no se va a aplicar. A pesar de que las aseguradoras de Riesgos de Trabajo lo solicitan como la provincia no adhirió no se la incorpora, pero esta Ley es básicamente es un parche más a la ley troncal, la 24.557” expresó el Dr. Solé, quien tiene un gran conocimiento en el área.
Según el profesional, la Provincia del Chubut no va a adherir a la Ley 27.348 porque aunque se han desarrollado comisiones para estudiar la ley y generar un consenso con los diferentes sectores y organismos sindicales, lo más complejo es la situación actual de la justicia “yo me imagino que esto no va a prosperar de acá hasta fin de año” indicó el Dr. Solé.
El Superior Tribunal de Justicia y la aplicación de la Ley 27.348
El Dr. Solé considera que la Ley 27.348 vulnera derechos de defensa, derecho a la propiedad. “Hablamos de trabajadores accidentados que requieren una reparación plena y no reparaciones tarifadas o exiguas, que establecen una ley que por más parches que le pongamos tiene más de 30 años y la mayor tacha de inconstitucionalidad de cualquier otra ley de la República Argentina” indica el abogado.
Teniendo en cuenta que Comodoro Rivadavia es una zona industrial y por tal los casos de accidentes laborales pueden ser diversos y se dan en gran magnitud, el Dr. Solé describió que existen casos donde los trabajadores se encuentran en la etapa administrativa y no tienen una respuesta o le dan el alta prematura. “Siempre estamos hablando de trabajadores que no están por obra social, pero están obligados a ser atendidos por lo que establece la ART. Pero si la aseguradora es la que tiene que llevar el tratamiento adelante, la que tiene que establecer lo que vale la indemnización y la que tiene que pagar la indemnización, muchas veces consideramos que no se produce lo que sería la justicia o la imparcialidad de estos organismos que intervienen” manifestó.
La etapa administrativa en los casos de ART se agota rápidamente, esto quiere decir entre 3 y 6 meses. Una etapa judicial de promedio demora dos años, “pero hoy una etapa judicial no tiene una respuesta, por la situación actual de la provincia” lamentó el abogado. Muchos casos actualmente se encuentran en revisión en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia y en algunos interviene la Corte Suprema de Justicia. Aquellos casos en los interviene la CSJ son donde se da una gran diferencia de incapacidad entre la etapa administrativa y la judicial, como también la gran diferencia indemnizatoria, entre un caso y el otro. “Estamos hablando de trabajadores que inician una demanda o que inician un juicio, si han o no cobrado en etapas administrativas, duplican o triplican su indemnización judicialmente. Lo que quiere decir que la etapa administrativa les anticipo un crédito, pero no debería permitirle renunciar al resto como lo están estableciendo ahora” expresó el Dr. Solé