INTERVENCIÓN DE TERCEROS EN EL PROCESO

El martes 13 de agosto se llevó a cabo la 12da Clase del Curso de Práctica Profesional a cargo del Dr. Máximo Kank, quien desarrolló el tema Intervención de terceros en el proceso, uno de los institutos más complejos que tiene el derecho procesal civil. 

Según la legislación argentina un proceso se da entre dos partes, una es la parte actora, que reclama e inicia el proceso “la parte que concurre al juez en busca de la solución de un problema que no ha logrado resolver, extrajudicialmente” indica el abogado. Y entre la persona a quien se esgrime esa pretensión, que se llama accionado o demandado. Pero existen situaciones donde hay otras personas que pueden estar interesadas en el desarrollo o en la solución se arriba en ese proceso, “estos son los terceros que intervienen en ese proceso a pedido de alguna de las dos partes” explicó el Dr. Kank.  Es importante resaltar que la intervención de terceros se da en casos de índole laboral, civil y comercial.

“Por ejemplo, si estamos hablando de un juicio de nulidad de un acto jurídico es necesario que en ese expediente intervengan no solamente la persona que haya subscripto ese instrumento, sino también el oficial público que haya intervenido. Es decir tenemos una demanda entre una persona y otra persona, y hay un instrumento público de por medio. Si hay una cuestión que dilucidar entre eso será necesario convocar al oficial público que lo otorgó, ese sería un ejemplo de lo más práctico” describió el abogado, docente jubilado de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco.

Otro de los ejemplos a tener en cuenta en el ámbito de familia es cuando se desarrolla una  acción de reconocimiento de paternidad. “Por ejemplo, si otra persona cuestiona la paternidad de ese menor interviene un actor demandado y ese tercero que concurre en ese proceso”. Además es necesario tener en cuenta que una persona que actúa como tercero necesita de la asistencia de un abogado, “un principio que está en el código y hace a la seguridad de la defensa de los derechos de las persona” expresó el Dr. Kank.

Economía procesal

Quien participa de un proceso como tercero interviniente está situado al lado de la parte actora, o de la parte demandada. Desde la perspectiva del Dr. Kank, con la intervención de terceros se busca la economía procesal, “porque si un proceso en el cual hubiera terceros interesados se desarrollara sin la intervención de estos terceros, se corre el riesgo de llegar a una sentencia inútil, una sentencia que no sería íntegramente aplicable. Una sentencia que en latín se llamaba inutilitardata es decir no serviría para dar fin al conflicto que se trata” manifestó.

La participación de un tercero interviniente puede ser voluntaria o facultativa, que no requiere mayores formalidades; o la intervención obligada de tercero en la cual “se lo obliga a intervenir bajo apercibimiento de consecuencias procesales en caso de que no lo haga”.